La baja médica de los autónomos es una prestación por enfermedad que cubre los gastos médicos y farmacéuticos derivados de una enfermedad. Esta prestación está cubierta por la Seguridad Social y se paga a los trabajadores autónomos que cotizan a ella. La baja médica de los autónomos tiene una duración máxima de 180 días y se puede prorrogar por otros 180 días si el trabajador cumple ciertos requisitos. La baja médica de los autónomos no es compatible con el trabajo por cuenta propia ni con otras actividades laborales.
¿Cuándo se puede solicitar la baja médica de los autónomos?
La baja médica de los autónomos se puede solicitar cuando se cumple alguno de los siguientes requisitos:
¿Cuánto dura la baja médica de los autónomos?
La baja médica de los autónomos tiene una duración máxima de 180 días. Si el trabajador cumple ciertos requisitos, se le puede prorrogar la baja médica por otros 180 días.
¿Qué requisitos se necesitan para prorrogar la baja médica de los autónomos?
Para prorrogar la baja médica de los autónomos, se necesita que el trabajador cumpla con alguno de los siguientes requisitos:
¿Cuáles son los gastos cubiertos por la baja médica de los autónomos?
La baja médica de los autónomos cubre los gastos médicos y farmacéuticos derivados de una enfermedad. Estos gastos incluyen:
Si eres autónomo y te has visto obligado a cesar en tu actividad por enfermedad, accidente o maternidad/paternidad, entonces podrás cobrar la baja por enfermedad o baja por maternidad/paternidad. En ambos casos, será la mutua la que se haga cargo del pago de la prestación por incapacidad temporal. No obstante, para cobrar la baja por enfermedad, debes haber cotizado como autónomo durante los últimos cinco años y no haber estado de baja en los últimos tres años.
No obstante, si no cumples con alguno de estos requisitos, no podrás cobrar la baja por enfermedad, aunque sí la baja por maternidad/paternidad. En este caso, la mutua se hará cargo del pago de la prestación por incapacidad temporal durante el tiempo que dure el permiso de maternidad/paternidad, que es de 16 semanas. Si el bebé nace prematuramente, el permiso de maternidad/paternidad se amplía en el mismo número de semanas que el bebé nace antes de la fecha prevista.
Sin embargo, si eres autónomo y no cumples con los requisitos para cobrar la baja por enfermedad, tendrás que hacer frente al pago de la prestación por incapacidad temporal durante el tiempo que dure tu baja. En este caso, podrás recurrir a un seguro privado de incapacidad temporal o a tu propio ahorro, ya que la prestación por incapacidad temporal no es obligatoria para los autónomos.
Cuando se trata de cuánto cobra un autónomo de baja, la cantidad varía según el tipo de baja médica. Se considera baja médica cuando el autónomo está imposibilitado para trabajar por una enfermedad o accidente. En el caso de una enfermedad, el autónomo cobrará el 60% de su base reguladora de cotización. Si el autónomo está de baja por accidente, cobrará el 80%.
Para cobrar la baja médica, el autónomo debe estar dado de alta en la Seguridad Social como tal. Además, debe haber cotizado un mínimo de 180 días en los últimos cinco años. Si el autónomo cotizó por primera vez en 2020 o 2021, debe haber cotizado al menos 90 días en el año en curso.
Por último, el autónomo debe presentar un certificado médico justificativo de la baja. El certificado médico debe expedirse por el médico de cabecera, el médico especialista o el servicio de urgencias. En el caso de una baja por accidente, el certificado médico debe expedirse por el servicio de urgencias o el médico especialista.
La baja médica tiene una duración máxima de 360 días. Si el autónomo está de baja por enfermedad, la baja puede prorrogarse por otros 180 días. Si el autónomo está de baja por accidente, la baja puede prorrogarse por otros 360 días.
Una vez que el autónomo ha agotado los días de baja médica, puede solicitar la prestación por incapacidad temporal (PIT). La prestación por incapacidad temporal es un subsidio por desempleo para autónomos. Para cobrar la prestación, el autónomo debe estar dado de alta en la Seguridad Social como tal y haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos cinco años.
Si eres autónomo y quieres darte de baja, debes saber que el proceso es sencillo y que se realiza a través de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Como requisito, deberás dejar de realizar cualquier actividad económica y, por tanto, dejar de percibir ingresos. En cuanto a los trámites, será suficiente con presentar la solicitud correspondiente en la oficina de la TGSS y entregar los documentos que se te soliciten.
En concreto, la baja como autónomo se produce en el momento en que se presenta la solicitud en la TGSS, aunque la confirmación de la misma se hace efectiva unos días después. No obstante, es importante que sepas que no se puede dar de baja como autónomo si se está dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). En este caso, primero hay que darse de baja en el RETA y, posteriormente, en la Seguridad Social.
Aunque el proceso de baja sea sencillo, es importante que tengas en cuenta una serie de cuestiones. En primer lugar, debes saber que la baja implica el cese de toda actividad económica y, por tanto, de todos los ingresos. Por lo tanto, es importante que planifiques con antelación el momento en que vas a darte de baja y te asegures de tener los recursos suficientes para hacer frente a los gastos del día a día.
Asimismo, debes tener en cuenta que darse de baja como autónomo conlleva la pérdida de determinados beneficios sociales, como por ejemplo, el subsidio por desempleo. No obstante, hay beneficios a los que se puede acceder, como por ejemplo, la prestación por cese de actividad. Para poder acceder a esta prestación, debes haber cotizado como autónomo durante al menos dos años y cumplir una serie de requisitos.
En cualquier caso, es importante que te informes con detenimiento de todos los beneficios a los que puedes acceder antes de darte de baja como autónomo. De esta forma, podrás planificar con antelación el momento en que vas a darte de baja y, así, evitar problemas futuros.