Ser pareja de hecho tiene muchas ventajas, a continuación te enumeramos las principales: Económicas - Al ser pareja de hecho, se pueden beneficiar de impuestos reducidos, ya que se consideran una unidad económica. También se pueden beneficiar de descuentos en el seguro médico, el alquiler de una vivienda, el transporte público, etc. A nivel laboral - En algunos casos, las parejas de hecho tienen derecho a los mismos beneficios laborales que las parejas casadas, como por ejemplo, el derecho a un permiso de paternidad/maternidad remunerado, el derecho a un permiso por enfermedad del cónyuge, etc. En el ámbito personal - Al ser pareja de hecho, se establece una relación más estable y duradera que en el caso de las relaciones casuales. También se tiene más confianza y se puede hablar de temas más profundos y personales.
Ser pareja de hecho significa que la relación es estable, que dura en el tiempo y que, aunque no esté regulada por un contrato, tiene carácter jurídico. En general, se trata de parejas que conviven, aunque no es necesario que vivan juntas para que puedan ser consideradas parejas de hecho. También se les conoce como parejas de convivencia o parejas de unión libre.
La legislación española reconoce a las parejas de hecho como una unidad familiar y, por lo tanto, les otorga una serie de derechos y obligaciones. En concreto, las parejas de hecho tienen derecho a:
Por otro lado, las parejas de hecho también tienen derechos laborales como, por ejemplo, el derecho a permiso por fallecimiento del cónyuge/pareja, el derecho a permiso por matrimonio del cónyuge/pareja o el derecho a acudir a las reuniones de convivencia.
Para acceder a estos derechos, las parejas de hecho deben inscribirse como tales en el Registro de Parejas de Hecho. Este registro es voluntario y gratuito, y sirve para acreditar la existencia de la pareja de hecho. No obstante, aunque no estén inscritas, las parejas de hecho sí que tienen derechos, aunque pueda ser más difícil acreditarlos.
Para inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho, las parejas deben cumplir unos requisitos. En concreto, deben ser mayores de edad (18 años), no estar casados ni unidos por otro vínculo matrimonial, no ser parentescos hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, y no tener impedimento para contraer matrimonio.
Además, las parejas de hecho deben acreditar su convivencia. Para ello, deben presentar una declaración jurada en la que conste que han estado conviviendo de forma continuada durante, al menos, un año. En esta declaración jurada, las parejas de hecho también deben indicar su dirección postal, así como datos identificativos como el nombre y apellidos, la fecha de nacimiento, el lugar de nacimiento y el DNI.
Una vez inscritas, las parejas de hecho pueden solicitar los certificados que acrediten su inscripción. Estos certificados son necesarios para, por ejemplo, solicitar la pensión de viudedad o para demostrar que se tiene derecho a la asistencia sanitaria del cónyuge/pareja. Los certificados pueden solicitarse en cualquier Registro de Parejas de Hecho de España.
En primer lugar, es importante aclarar que la pareja de hecho es una relación sentimental entre dos personas que conviven y comparten su vida de manera estable y permanente, pero que no han formalizado su relación mediante un matrimonio civil. Es decir, se trata de una relación de pareja sin ningún tipo de vinculación jurídica.
Por otro lado, el matrimonio civil es un vínculo jurídico que se establece entre dos personas que quieren convivir y compartir su vida de manera estable y permanente. Este tipo de matrimonio requiere de una serie de trámites legales y de un contrato por el que se regulan una serie de derechos y obligaciones de los cónyuges. En España, el matrimonio civil se regula en el Código Civil.
Por lo tanto, podemos decir que la principal diferencia entre pareja de hecho y matrimonio civil es que la pareja de hecho no tiene ningún tipo de vinculación jurídica, mientras que el matrimonio civil sí que la tiene.
Aunque la pareja de hecho no tiene ningún tipo de vinculación jurídica, no quiere decir que no tenga derechos. En España, desde 2005, se reconocen ciertos derechos a las parejas de hecho mediante la Ley de Parejas de Hecho. Esta ley reconoce a las parejas de hecho una serie de derechos y obligaciones en materia de patrimonio, sucesiones, seguridad social, fiscalidad y servicios sociales. No obstante, cada comunidad autónoma tiene su propia normativa en materia de parejas de hecho, por lo que es importante informarse sobre los derechos que se reconocen en la comunidad autónoma en la que se reside.
En cambio, el matrimonio civil sí que tiene una serie de vinculaciones jurídicas que se establecen en el contrato matrimonial. Este contrato regula una serie de derechos y obligaciones de los cónyuges en materia de patrimonio, sucesiones, seguridad social, fiscalidad y servicios sociales. En España, el matrimonio civil se regula en el Código Civil.