¿Qué tipos de pensiones hay?

En España, las pensiones se clasifican en tres grandes bloques: las pensiones del sistema general de la Seguridad Social, las pensiones de jubilación y las pensiones no contributivas. Dentro de cada uno de estos bloques, existen diferentes tipologías de pensiones.

En el caso de las pensiones del sistema general de la Seguridad Social, se pueden distinguir las pensiones de invalidez, las pensiones por muerte del cónyuge o pareja de hecho y las pensiones por maternidad o paternidad. Las pensiones de invalidez se otorgan a aquellas personas que, por una causa no imputable a ellas, se han quedado incapacitadas para realizar su actividad laboral. Las pensiones por muerte del cónyuge o pareja de hecho se conceden a los familiares que hayan quedado viudos o en situación similar. Por último, las pensiones por maternidad o paternidad se otorgan a aquellas madres o padres que estén cargando con la responsabilidad de cuidar a un hijo menor de edad.

En cuanto a las pensiones de jubilación, se pueden distinguir las pensiones contributivas y las pensiones no contributivas. Las pensiones contributivas se otorgan a aquellas personas que hayan cotizado durante un número mínimo de años, mientras que las pensiones no contributivas se otorgan a aquellas personas que no hayan cotizado lo suficiente o no hayan cotizado en absoluto. Ambas pensiones se calculan de forma diferente, pero en ambos casos se tienen en cuenta factores como la edad de la persona, sus años de cotización y sus ingresos.

Por último, dentro de las pensiones no contributivas, se pueden distinguir las pensiones de vejez, las pensiones de invalidez, las pensiones por muerte y las pensiones familiares. Las pensiones de vejez se otorgan a aquellas personas que hayan alcanzado una edad avanzada y no dispongan de los recursos suficientes para mantenerse. Las pensiones de invalidez se conceden a aquellas personas que, por una causa no imputable a ellas, se hayan quedado incapacitadas para realizar su actividad laboral. Las pensiones por muerte se otorgan a los familiares que hayan quedado viudos o en situación similar. Por último, las pensiones familiares se otorgan a aquellas madres o padres que estén cargando con la responsabilidad de cuidar a un hijo menor de edad.

¿Qué clases de pensiones hay?

Actualmente, en España, hay cuatro clases de pensiones. En primer lugar, están las pensiones contributivas, que se caracterizan porque el ciudadano que las percibe debe haber cotizado previamente a la Seguridad Social. En segundo lugar, están las pensiones no contributivas, que se caracterizan porque el beneficiario no ha cotizado a la Seguridad Social. En tercer lugar, están las pensiones mixtas, que se caracterizan porque el beneficiario ha cotizado, pero no ha cotizado lo suficiente para tener derecho a una pensión contributiva. Finalmente, están las pensiones de jubilación anticipada, que se caracterizan porque el beneficiario ha cotizado lo suficiente para tener derecho a una pensión contributiva, pero no ha alcanzado la edad de jubilación.

En cuanto a las pensiones contributivas, existen dos clases: las pensiones contributivas de vejez y las pensiones contributivas de invalidez. Las pensiones contributivas de vejez se caracterizan porque el beneficiario debe haber cotizado durante un mínimo de 15 años y alcanzar la edad de jubilación. Las pensiones contributivas de invalidez se caracterizan porque el beneficiario debe haber cotizado durante un mínimo de 3 años y haber sufrido una incapacidad permanente para el trabajo.

En cuanto a las pensiones no contributivas, existen tres clases: las pensiones no contributivas de vejez, las pensiones no contributivas de invalidez y las pensiones no contributivas por muerte. Las pensiones no contributivas de vejez se caracterizan porque el beneficiario debe haber alcanzado la edad de jubilación y no haber cotizado lo suficiente para tener derecho a una pensión contributiva. Las pensiones no contributivas de invalidez se caracterizan porque el beneficiario debe haber sufrido una incapacidad permanente para el trabajo y no haber cotizado lo suficiente para tener derecho a una pensión contributiva. Las pensiones no contributivas por muerte se caracterizan porque el beneficiario debe haber fallecido y no haber cotizado lo suficiente para tener derecho a una pensión contributiva.

En cuanto a las pensiones mixtas, existen dos clases: las pensiones mixtas de vejez y las pensiones mixtas de invalidez. Las pensiones mixtas de vejez se caracterizan porque el beneficiario debe haber cotizado durante un mínimo de 10 años y alcanzar la edad de jubilación. Las pensiones mixtas de invalidez se caracterizan porque el beneficiario debe haber cotizado durante un mínimo de 5 años y haber sufrido una incapacidad permanente para el trabajo.

En cuanto a las pensiones de jubilación anticipada, existen dos clases: las pensiones de jubilación anticipada por invalidez y las pensiones de jubilación anticipada por muerte. Las pensiones de jubilación anticipada por invalidez se caracterizan porque el beneficiario debe haber cotizado durante un mínimo de 10 años y haber sufrido una incapacidad permanente para el trabajo. Las pensiones de jubilación anticipada por muerte se caracterizan porque el beneficiario debe haber cotizado durante un mínimo de 10 años y haber fallecido.

¿Cuántas clases de pensiones no contributivas hay?

Hay seis clases principales de pensiones no contributivas: la Pensión de Vejez, la Pensión por Sobrevivencia, la Pensión para Inválidos, la Pensión para Orfandad, la Pensión para Madres Solteras y la Pensión para Adultos Mayores.

La Pensión de Vejez se otorga a las personas mayores de 65 años de edad que no cumplen con los requisitos para obtener la Pensión contributiva. La pensión mensual es de un máximo de 2,580.00 pesos.

La Pensión por Sobrevivencia se otorga a las viudas o viudos de cónyuges que cumplieron los requisitos para obtener la Pensión de Vejez contributiva. La pensión mensual es de un máximo de 2,580.00 pesos.

La Pensión para Inválidos se otorga a las personas que, a causa de una invalidez, no pueden trabajar y no cumplen con los requisitos para obtener la Pensión de Vejez contributiva. La pensión mensual es de un máximo de 2,580.00 pesos.

La Pensión para Orfandad se otorga a los niños y niñas huérfanos de padre y madre que no cumplen con los requisitos para obtener la Pensión de Vejez contributiva. La pensión mensual es de un máximo de 2,580.00 pesos.

La Pensión para Madres Solteras se otorga a las madres solteras que no cumplen con los requisitos para obtener la Pensión de Vejez contributiva. La pensión mensual es de un máximo de 2,580.00 pesos.

La Pensión para Adultos Mayores se otorga a las personas mayores de 60 años de edad que no cumplen con los requisitos para obtener la Pensión de Vejez contributiva. La pensión mensual es de un máximo de 2,580.00 pesos.

¿Cuáles son las pensiones contributivas y no contributivas?

Las pensiones contributivas son aquellas en las que el derecho se adquiere mediante el cumplimiento de cotizaciones a la Seguridad Social, mientras que las no contributivas son aquellas que se conceden por cumplir determinados requisitos de carencia o, en su caso, de rentas. Pensiones contributivas Las pensiones contributivas son las que se otorgan a aquellos trabajadores que hayan cotizado durante un determinado número de años. Para tener derecho a estas pensiones, se debe haber cotizado un mínimo de 15 años, aunque el número puede variar en función de la edad del trabajador y de si se trata de hombres o mujeres. En el caso de los hombres, si cumplen 65 años de edad, pueden acceder a la pensión contributiva con 15 años de cotización. Si tienen menos de 65 años, el número de años de cotización requeridos aumenta en función de la edad: si tienen 64 años, deben haber cotizado 16 años; si tienen 63, 17 años; si tienen 62, 18 años; y así sucesivamente, hasta llegar a los 20 años de cotización si tienen 60 años. En el caso de las mujeres, si cumplen 65 años de edad, pueden acceder a la pensión contributiva con 20 años de cotización. Si tienen menos de 65 años, el número de años de cotización requeridos aumenta en función de la edad: si tienen 64 años, deben haber cotizado 19 años; si tienen 63, 18 años; si tienen 62, 17 años; y así sucesivamente, hasta llegar a los 15 años de cotización si tienen 60 años. Pensiones no contributivas Las pensiones no contributivas son aquellas que se otorgan a aquellos trabajadores que no hayan cotizado durante un determinado número de años, o que no hayan cotizado lo suficiente como para tener derecho a una pensión contributiva. Para tener derecho a estas pensiones, se debe cumplir un determinado requisito de carencia, que es el número de años que se debe haber estado cotizando a la Seguridad Social. En el caso de los hombres, el requisito de carencia es de 20 años; en el caso de las mujeres, el requisito de carencia es de 25 años. Además, para tener derecho a estas pensiones, se debe cumplir un determinado requisito de rentas, que es el importe máximo que se puede percibir de otros ingresos. En el caso de los hombres, el requisito de rentas es de 1.200 euros al mes; en el caso de las mujeres, el requisito de rentas es de 1.000 euros al mes.

¿Qué se necesita para cobrar la pensión no contributiva?

La pensión no contributiva es un beneficio económico que otorga el Estado a aquellas personas mayores de 65 años de edad, que no hayan cotizado a un régimen de seguridad social y que no tengan ingresos suficientes para mantenerse. Para cobrar la pensión no contributiva, se debe cumplir con los siguientes requisitos: -Ser mayor de 65 años de edad. -No haber cotizado a un régimen de seguridad social. -No tener ingresos suficientes para mantenerse. -Residir en el territorio nacional. -No tener bienes ni derechos que le permitan mantenerse. -No estar cobrando otra pensión. Para solicitar la pensión no contributiva, se debe presentar la siguiente documentación: -Documento de identidad. -Acta de nacimiento. -Certificado de no contribución al régimen de seguridad social. -Comprobante de domicilio. -Declaración jurada de no tener ingresos suficientes para mantenerse. -Declaración jurada de no tener bienes ni derechos que le permitan mantenerse. -Declaración jurada de no estar cobrando otra pensión. El monto de la pensión no contributiva es de $1,200 pesos mensuales. Se puede cobrar en cualquier sucursal del Banco de México.

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