¿Qué son enfermedades temporales?

Enfermedades temporales son aquellas que se producen de manera repentina y que suelen tener una duración limitada. No son crónicas ni degenerativas, y suelen ser provocadas por virus o bacterias. Algunas de las enfermedades temporales más comunes son el resfriado, la gripe, la conjuntivitis, la faringitis o el dolor de garganta.

En general, las enfermedades temporales no requieren de tratamiento específico, y suelen desaparecer por sí solas en un plazo de unos días. No obstante, es importante descansar y beber mucha líquido, así como evitar el contacto con otras personas para no contagiar la enfermedad. En algunos casos, el médico puede prescribir medicamentos para aliviar los síntomas, como la fiebre, el dolor o la inflamación.

¿Qué enfermedades te dan incapacidad temporal?

En España, una enfermedad puede dar lugar a una baja laboral por incapacidad temporal (IT) si impide al trabajador el desempeño de su actividad habitual. Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2017 se produjeron 2,6 millones de bajas por enfermedad común, lo que supuso una tasa de absentismo del 3,22%.

La incapacidad temporal es una prestación económica a la que tienen derecho los trabajadores que, por razones de salud, se ven imposibilitados de realizar su actividad laboral. La prestación está regulada en el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, que establece que el trabajador tiene derecho a recibir una prestación por incapacidad temporal si sufre una baja médica que le impide trabajar.

Para tener derecho a la prestación, el trabajador debe haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos cinco años, y su baja médica debe ser certificada por el médico de Caja de Seguros Médicos o por el médico del Servicio Público de Salud.

La prestación por incapacidad temporal se abona desde el primer día de baja médica, y su cuantía depende de la base reguladora del trabajador. En el caso de los trabajadores por cuenta propia, la base reguladora se calcula a partir de las cotizaciones realizadas en los últimos cinco años.

La duración de la prestación por incapacidad temporal depende de la gravedad de la enfermedad, y puede ser de un máximo de 364 días. Si el trabajador sufre una recaída en la misma enfermedad, la prestación se prorrogará hasta un máximo de 730 días.

La prestación por incapacidad temporal se suele abonar a través de la Seguridad Social, aunque en algunos casos puede ser abonada por la mutualidad o por la empresa. Si la prestación es abonada por la Seguridad Social, el importe mensual es del 60% de la base reguladora, y si es abonada por la mutualidad o la empresa, el importe mensual es del 100% de la base reguladora.

¿Qué es incapacidad temporal ejemplo?

La incapacidad temporal es una prestación económica a la que pueden acceder los trabajadores por cualquier motivo médico que les impida el desempeño de su actividad laboral. El pago de la prestación corresponde al 100% de la base reguladora de cotización y se abona por días de baja laboral. La prestación por incapacidad temporal tiene una duración máxima de 365 días.

Para poder acceder a la prestación por incapacidad temporal es necesario que el trabajador esté dado de alta en la Seguridad Social y que haya cotizado los días necesarios para tener derecho a la prestación (por lo general, 180 días en los últimos 5 años).

Para solicitar la prestación, el trabajador deberá acudir a la oficina de la Seguridad Social correspondiente y presentar los siguientes documentos:

  • DNI o pasaporte
  • Tarjeta sanitaria
  • Certificado médico justificativo de la baja laboral
  • Número de afiliación a la Seguridad Social
  • Número de cuenta bancaria donde recibirá el pago de la prestación

La prestación por incapacidad temporal se paga desde el primer día de baja laboral, siempre y cuando el trabajador haya cotizado los días necesarios para tener derecho a la prestación. El pago se realiza por transferencia bancaria a la cuenta indicada por el trabajador.

La baja laboral deberá ser comunicada por el trabajador a su empresa en el plazo máximo de 7 días desde que se produjo la baja médica. Si el trabajador no comunica su baja laboral a tiempo, la prestación por incapacidad temporal no se abonará desde el primer día de baja.

La baja médica deberá ser comunicada al trabajador por el médico de cabecera o el médico de la Seguridad Social. El certificado médico de baja deberá ser enviado por fax o correo electrónico a la oficina de la Seguridad Social correspondiente.

La incapacidad temporal puede ser causada por cualquier enfermedad o lesión que incapacite al trabajador para el desempeño de su actividad laboral. Algunos ejemplos de enfermedades que pueden causar incapacidad temporal son:

  • Gripe
  • Resfriados
  • Infecciones
  • Lesiones
  • Operaciones quirúrgicas
  • Embarazo
  • Parto
  • Enfermedades crónicas
  • Accidentes

La incapacidad temporal puede ser causada también por algunos trastornos mentales, como la depresión, el estrés o el Trastorno de Ansiedad Generalizada (TAG).

Para que un trastorno mental sea considerado como baja laboral, debe ser diagnosticado por un especialista y debe impedir al trabajador el desempeño de su actividad laboral.

¿Cuáles son las enfermedades que califican para el Seguro Social?

¿Qué es el Seguro Social?

El Seguro Social es un programa de beneficios para personas mayores de 65 años de edad, para aquellas personas que hayan cotizado durante un mínimo de 10 años y para aquellas personas que tengan alguna discapacidad.

¿Cuáles son las enfermedades que califican para el Seguro Social?

Las enfermedades que califican para el Seguro Social son aquellas que son reconocidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como una enfermedad que limita la capacidad de una persona para trabajar.

Para aquellas personas que tengan una enfermedad que les impida trabajar, el Seguro Social les brinda una pensión mensual que les ayuda a cubrir sus gastos básicos de vida.

Para aquellas personas que tengan una discapacidad, el Seguro Social les brinda una pensión mensual y también les brinda acceso a servicios de rehabilitación y a otros servicios especiales.

¿Cómo se puede solicitar el Seguro Social?

Para solicitar el Seguro Social, las personas deben acudir a la oficina del IMSS más cercana a su domicilio y presentar los siguientes documentos:

  • Una identificación oficial con fotografía
  • CURP
  • Comprobante de domicilio
  • Acta de nacimiento
  • Credencial para votar
  • Cédula profesional (en el caso de médicos, enfermeras, etc.)
  • Certificado de discapacidad (en el caso de personas con discapacidad)

Una vez que se hayan presentado todos los documentos, se le asignará una fecha para una entrevista en la que se evaluará si la persona califica para el Seguro Social.

¿Cómo funciona la incapacidad temporal?

La incapacidad temporal es una prestación por desempleo que se otorga a aquellas personas que, por motivos de salud, no pueden realizar su actividad laboral. La cuantía de la prestación depende del salario base de cotización, y se abona por días de baja. En la actualidad, la prestación máxima es de unos 2.000 euros al mes, y la mínima de unos 600 euros.

Para tener derecho a la incapacidad temporal, es necesario haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos cinco años. Además, la baja médica debe ser certificada por el médico de cabecera o, en su defecto, por el médico de urgencias.

Una vez superado el periodo de carencia (15 días desde el inicio de la baja), la prestación se abona de forma retroactiva. La duración de la prestación depende de la gravedad de la enfermedad, y puede ser de hasta un año. Si la enfermedad es de carácter crónico, la prestación se puede prorrogar en períodos de seis meses.

Para acceder a la incapacidad temporal, el trabajador debe solicitarla a la Seguridad Social. La solicitud se realiza a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), y se debe presentar en el plazo de cinco días desde el inicio de la baja. Además, se debe adjuntar la certificación médica que justifique la baja. Si la enfermedad es de carácter profesional, el trabajador deberá solicitar la prestación a la Mutua colaboradora con la Seguridad Social.

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