Los trabajadores por cuenta propia tienen la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil para cubrir los daños que puedan causar a terceros. No obstante, en la actualidad existen muchos otros seguros a los que los autónomos pueden acogerse y que les resultarán muy útiles para proteger su negocio.
A continuación te detallamos cuáles son los seguros que los autónomos pueden contratar y que les resultarán muy útiles para proteger su negocio:
En la actualidad, existen muchas compañías aseguradoras que ofrecen un amplio abanico de seguros para autónomos. Por lo tanto, antes de contratar un seguro, es important que el autónomo se informe bien sobre las coberturas que ofrecen los diferentes seguros y el precio de cada uno de ellos.
Si eres autónomo, puedes deducirte los gastos generales de tu negocio en tu declaración de la renta. Estos gastos se dividen en dos categorías: los gastos deducibles y los no deducibles. Los gastos deducibles son aquellos que se pueden descontar directamente del total de la renta a pagar. Los no deducibles, por otro lado, son aquellos que no se pueden descontar y que deben pagarse por separado.
Los gastos deducibles para los autónomos son:
Los gastos no deducibles son:
Los seguros de vida y accidentes personales que cubran el riesgo de muerte o invalidez permanente derivado de un accidente, pueden ser desgravados en la declaración de la renta. La base máxima de la desgravación es de 1.600 euros anuales por contribuyente.
Para que el seguro de vida pueda ser desgravado, tiene que cubrir el riesgo de muerte, y el importe a percibir en caso de fallecimiento debe estar destinado a hacer frente a la hipoteca o al pago del alquiler en caso de que el fallecido fuera el titular del contrato.
Los seguros de accidentes personales que se pueden desgravar deben cubrir el riesgo de invalidez permanente derivado de un accidente, y el importe a percibir en caso de invalidez debe estar destinado a hacer frente a la hipoteca o al pago del alquiler en caso de que el afectado fuera el titular del contrato.
Para que un seguro pueda ser desgravado, es necesario que esté contratado a título oneroso, es decir, que el contribuyente haya pagado por él. Los seguros contratados a título gratuito, como los que ofrecen algunas entidades bancarias a sus clientes, no pueden ser desgravados.
Los autónomos y profesionales liberales tienen derecho a desgravar en la declaración de la Renta todos aquellos gastos que sean necesarios para el desempeño de su actividad. Esto significa que, si has tenido gastos relacionados con tu trabajo en el año 2020, podrás deducirlos de tu declaración y, por tanto, reducir la cantidad de impuestos que tienes que pagar.
Para poder desgravar un gasto, este debe ser necesario para el desempeño de tu actividad y debes poder acreditarlo mediante facturas o tickets. A continuación, te detallamos los gastos que puedes desgravar si eres autónomo o profesional liberal:
En resumen, si eres autónomo o profesional liberal, podrás desgravarte todos aquellos gastos que sean necesarios para el desempeño de tu actividad. Recuerda que debes poder acreditar dichos gastos mediante facturas o tickets. ¡Así podrás reducir la cantidad de impuestos que tienes que pagar!
Los seguros se deducen del salario neto de una persona y se abonan a la entidad aseguradora elegida.
Para ello, se descontará el importe de la prima mensual del sueldo y se ingresará en la cuenta corriente que se haya abierto para ello. El descuento se realizará mediante una orden de domiciliación que se emitirá cada mes.
El abono de la prima se realizará mediante transferencia bancaria a la entidad aseguradora y deberá hacerse antes del día 5 de cada mes. En el caso de que el abono no se realice en el plazo establecido, la póliza quedará automáticamente cancelada.
Una vez que se haya contratado el seguro, la entidad aseguradora estará obligada a proporcionar la cobertura establecida en la póliza en caso de que se produzca el siniestro cubierto.
En algunos casos, la entidad aseguradora podrá exigir al asegurado que abone una parte del importe del siniestro (franquicia), mientras que en otros casos, será la propia entidad aseguradora la que se hará cargo de todos los gastos derivados del siniestro.