¿Qué es el interés en un seguro?

El interés en un seguro es el beneficio económico que una persona tiene sobre una cosa asegurada. En otras palabras, es el valor patrimonial que se protege mediante una póliza de seguro.

Existen dos tipos de interés en un seguro: el interés asegurado y el interés legítimo. El primero es el que resulta de la relación contractual entre asegurador y asegurado, y el segundo es el que surge de la ley.

En el caso del interés asegurado, este surge del contrato de seguro, ya que es el objeto de la póliza. El asegurador se obliga a cubrir los daños o pérdidas que sufra el asegurado en el objeto asegurado, por lo que este tiene un interés económico en la cosa asegurada. En el caso del interés legítimo, este surge de la ley, y es el interés que tiene una persona en la conservación de su vida, salud, integridad física o patrimonio.

Para que una persona tenga un interés asegurado sobre una cosa, es necesario que esté dentro de la relación contractual de seguros. Es decir, que sea el asegurado o el beneficiario de la póliza. En el caso del interés legítimo, basta con que la persona tenga un interés económico o jurídico en la cosa asegurada. Por ejemplo, una persona puede tener un interés legítimo en la conservación de su vida, ya que de ella depende su subsistencia y la de su familia.

¿Qué es el interés técnico en los seguros de vida?

El interés técnico es una parte esencial de la ecuación de los seguros de vida. Se trata de una cantidad de dinero que se añade a la primera cuota de un seguro de vida para cubrir el costo de los gastos iniciales del asegurado. Estos gastos iniciales pueden incluir la investigación y el examen médico del asegurado, así como otros costos asociados con la emisión del contrato de seguro.

El interés técnico se calcula utilizando una fórmula estadística que tiene en cuenta la edad del asegurado, el sexo, la historia médica, el estilo de vida y otros factores. Esta fórmula se utiliza para determinar la probabilidad de que el asegurado fallezca durante el periodo de vigencia del seguro.

Aseguradoras, agentes y corredores de seguros utilizan el interés técnico para determinar el costo de un seguro de vida. También se utiliza para establecer el precio de los seguros de vida.

¿Qué es el interés asegurable en Colombia?

En Colombia, el interés asegurable se define como el interés del asegurado en una póliza de seguros. Se trata de un concepto jurídico que se refiere a la protección que ofrece el seguro contra un determinado riesgo. En otras palabras, el interés asegurable es el bien o derecho que el asegurado pretende proteger mediante la contratación de un seguro.

Para que un interés sea asegurable, debe reunir ciertos requisitos. En primer lugar, debe ser lícito, es decir, que no esté prohibido por la ley. En segundo lugar, debe ser material, es decir, que tenga un valor económico. Y en tercer lugar, debe ser susceptible de ser medido y cuantificado.

En Colombia, el interés asegurable está regulado por el Código de Comercio. En concreto, el artículo 746 del Código de Comercio señala que el interés asegurable es el interés del asegurado que puede ser protegido mediante la contratación de un seguro. Por su parte, el artículo 747 del Código de Comercio establece que el interés asegurable debe ser lícito, material y susceptible de ser medido y cuantificado.

¿Cómo calcular el interés técnico?

El interés técnico es el costo de la energía eléctrica que se produce o se consume en una unidad de tiempo. Se calcula utilizando la fórmula:

IT = COEFICIENTE x P x Q x T

Donde:

  • IT es el interés técnico
  • COEFICIENTE es el coeficiente de demanda del consumidor
  • P es el precio de la energía eléctrica
  • Q es la cantidad de energía eléctrica
  • T es el tiempo en el que se produce o se consume la energía eléctrica

Por ejemplo, si el coeficiente de demanda es de 0,5 y el precio de la energía es de $0,10 por kWh, el interés técnico será de:

IT = 0,5 x 0,10 x 1.000 x 30

IT = $15

¿Qué es el Pleno en seguros?

En seguros, el pleno es el reembolso completo de los daños sufridos en un siniestro, sin importar el importe de la prima que se haya pagado. Es decir, si contratas un seguro a todo riesgo y sufres un accidente, la aseguradora te indemnizará por el valor real de los daños, sin descuentos. No obstante, para que el seguro cubra el pleno, es necesario que el asegurado haya pagado la prima íntegra.

Por ejemplo, imagina que tu coche sufre daños por valor de 3.000 euros y que has contratado un seguro a todo riesgo con una franquicia de 400 euros. En este caso, la aseguradora solo te indemnizará por 2.600 euros, ya que la franquicia no está cubierta por el seguro. No obstante, si no hubieses contratado un seguro con franquicia, la aseguradora te indemnizaría por el pleno de los daños, es decir, por los 3.000 euros.

En consecuencia, el pleno es una cobertura que solo se aplica a los seguros a todo riesgo, ya que este es el único que cubre el 100% de los daños. Por tanto, si contratas un seguro a terceros, aunque este no sufra daños, no recibirás una indemnización por el pleno. Solo recibirás una indemnización si la aseguradora considera que el siniestro ha sido culpa tuya.

Por tanto, si estás buscando un seguro que cubra el pleno de los daños, lo mejor es que contrates un seguro a todo riesgo. No obstante, debes tener en cuenta que este tipo de seguros suelen ser más caros que los demás.

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