Para contactar con el Defensor del Asegurado, puede llamar al número de teléfono 900 123 456, enviar un correo electrónico a defensor@asegurado.com o rellenar el formulario de contacto disponible en la web del Defensor. Los horarios de atención telefónica son de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas. En caso de urgencia, puede contactar con el Defensor fuera de este horario a través del teléfono de emergencia 654 321 987.
El Defensor del Asegurado es una persona de contacto gratuita y confidencial a la que puede acudir para resolver cualquier problema o duda relacionada con su seguro. Su función es velar por los intereses de los asegurados y ayudarles a defender sus derechos frente a la compañía aseguradora.
El Defensor del Asegurado es una figura regulada por la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, que tiene como objetivo proteger a los asegurados frente a posibles abusos de las compañías aseguradoras. En España, el Defensor del Asegurado está regulado por la Orden ECC/2616/2007, de 24 de diciembre, que establece las normas básicas de funcionamiento de esta figura.
La función del Defensor del Asegurado es velar por los intereses de los asegurados y ayudarles a defender sus derechos frente a la compañía aseguradora. Su función es totalmente gratuita para el asegurado, y su actuación no está vinculada a ninguna compañía aseguradora. El Defensor del Asegurado es una figura de total confianza para el asegurado, y su actuación está regulada por la Ley.
El defensor del asegurado es un profesional legal que representa a los asegurados en el proceso de reclamación de seguros. Esta figura surge en el contexto de los seguros de responsabilidad civil, en los que se exige a las aseguradoras la prestación de una serie de servicios a sus asegurados, como el asesoramiento y la defensa en el proceso judicial. El defensor del asegurado es, por tanto, un profesional que ofrece sus servicios a las aseguradoras para que estas cumplan con sus obligaciones contractuales. Sin embargo, el defensor del asegurado no está vinculado a ninguna aseguradora y, por tanto, no está sometido a las mismas normas de conducta que los abogados que trabajan para las aseguradoras. De esta forma, el defensor del asegurado puede ofrecer a sus clientes una asesoría más independiente y objetiva. Además, el defensor del asegurado suele estar especializado en derecho de seguros, lo que le permite ofrecer un servicio más especializado y adaptado a las necesidades de sus clientes.
Si está insatisfecho con el servicio de su compañía de seguros, tiene derecho a presentar una queja. Esto se puede hacer llamando directamente a la compañía de seguros, pero si no recibe una respuesta satisfactoria, puede presentar una queja ante el Organismo de Control del Seguro de su país. En España, este organismo se llama Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).
Para presentar una queja ante el DGSFP, debe rellenar el formulario correspondiente, que se puede descargar desde la página web del organismo. Una vez rellenado, debe enviarlo por fax o correo electrónico, acompañado de cualquier documentación relevante.
El DGSFP se encargará de investigar su caso y, si lo considera necesario, mediar entre usted y su compañía de seguros para resolver el problema. Si la queja no se resuelve de esta manera, el DGSFP puede dar una orden a la compañía de seguros para que ponga fin a la conducta que usted considera injusta. En última instancia, si la compañía de seguros no cumple con la orden, el DGSFP puede sancionar a la compañía.
Si tu aseguradora no paga la indemnización que te corresponde, puedes presentar una reclamación ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Si la aseguradora no resuelve tu reclamación, o si estás en desacuerdo con la propuesta de resolución, puedes acudir a un arbitraje de seguros.
El arbitraje de seguros es un procedimiento especial de resolución de conflictos que se lleva a cabo ante un tribunal arbitral, que está compuesto por un árbitro o un tribunal arbitral colegiado. Este procedimiento es voluntario, es decir, las partes en conflicto pueden acordar someterse a este procedimiento de resolución de conflictos.
El arbitraje de seguros es un procedimiento rápido y eficaz, y suele ser más económico que un juicio ante los tribunales de justicia.
Para iniciar un arbitraje de seguros, debes presentar una solicitud por escrito ante el tribunal arbitral que hayas elegido. En la solicitud debes indicar los datos de las partes en conflicto, así como una breve exposición de los hechos y de las cuestiones que se plantean en el arbitraje.
Una vez que el tribunal arbitral ha recibido la solicitud, notificará a la otra parte del arbitraje y se designará un árbitro o un tribunal arbitral colegiado. Las partes en conflicto podrán proponer a un árbitro o un tribunal arbitral colegiado, y el tribunal arbitral decidirá si acepta o no la propuesta.
El tribunal arbitral fijará una fecha para la celebración de una vista, que es la audiencia en la que se presentan las pruebas y se argumentan los casos. En la vista, las partes en conflicto podrán presentar testigos y documentos que respalden su posición.
Después de la vista, el tribunal arbitral emitirá un laudo, que es su decisión sobre el conflicto. El laudo es una decisión vinculante para las partes, y debe ser respetada por las mismas.
Si la aseguradora no paga la indemnización que te corresponde, puedes presentar una reclamación ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Si la aseguradora no resuelve tu reclamación, o si estás en desacuerdo con la propuesta de resolución, puedes acudir a un arbitraje de seguros.